LA CONSTITUCIÓN INVERTIDA por Oscar Blando

LA CONSTITUCIÓN INVERTIDA por Oscar Blando

Cuando los principios y las normas jurídicas esenciales se trastocan. Cuando la excepcionalidad se convierte en regla y se prolonga, la Constitución misma aparece invertida en sus valores y fundamentos.
En Argentina el tema no es nuevo: viene de muy lejos. Pero empecemos por lo “elemental”, lo que le enseñamos a los alumnos de Derecho en primer año: la jerarquía normativa. La Constitución, retomando la clásica figura kelseniana- está en la cúspide de la pirámide jurídica, conformando luego del 94, lo que se ha denominado “bloque de constitucionalidad/convencionalidad” que comprende también los Tratados y Convenciones de Derechos Humanos incluídos con la misma jerarquía que la Constitución argentina (art. 75, inc 22). Es decir, que toda la normativa inferior: leyes, códigos de fondo y procedimiento, decretos (comunes y de necesidad y urgencia (DNU), resoluciones de entes públicos y descentralizados, decisiones de las fuerzas de seguridad y desde luego, toda resolución judicial (sentencias, acordadas, etc) todo, debe ser coherente y no oponerse ni ser lesivo de ese bloque constitucional. Parece “elemental”, no?. Gobernantes, funcionarios de todo rango y hasta magistrados, a veces, parece que no lo tienen tan en claro.Ver publicación completa