LA HABILITACIÓN A UNA NUEVA ELECCIÓN DEL ACTUAL GOBERNADOR DE SANTIAGO DEL ESTERO ES INCONSTITUCIONAL
(Declaración aprobada en reunión del Comité Ejecutivo de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional en la ciudad de Buenos Aires el 10 de octubre de 2013)
La Constitución Nacional reconoce un amplio margen de determinación para la organización político e institucional de las provincias (art. 123). Es lógico que así sea, pues el Estado Nacional en Argentina es una creación de las provincias originarias y la Constitución es fruto de pactos inter-provinciales pre-existentes.
Una vez que las provincias dictan sus Constituciones, tanto el pueblo como los funcionarios de los tres poderes (legislativo, ejecutivo y judicial) deben honrarlas, porque esto es la única garantía de que en lo sucesivo las reglas vinculadas a los derechos, las obligaciones y el funcionamiento de las instituciones serán igualmente aplicables para todos.
El reciente pronunciamiento judicial por el cual se habilita al actual gobernador de la provincia de Santiago del Estero a presentarse a una nueva elección para el cargo, desconociendo una norma constitucional que expresamente lo prohíbe (cláusula transitoria sexta) es un claro ejemplo de modificación inconstitucional de las reglas constitucionales. Si el poder constituyente provincial santiagueño, regularmente constituido, ha considerado que el Gobernador puede ser re-electo una vez y no dos, no puede luego el Poder Judicial -que está obligado a cumplir la Constitución- decir lo contrario.
Los jueces pueden interpretar una norma cuando es oscura o contradictoria, y aun descalificar una decisión que contravenga flagrantemente la Constitución, pero lo que no pueden hacer escambiar la letra del texto constitucional so pretexto de interpretarlo.
Por las razones antedichas, la Asociación Argentina de Derecho Constitucional, en defensa del derecho constitucional provincial, considera que la habilitación al actual gobernador de esa provincia para presentarse a una nueva elección para el cargo constituye una manifiesta violación al Estado de Derecho.