PROMESA DE LEALTAD A LA CONSTITUCIÓN NACIONAL

PROMESA DE LEALTAD A LA CONSTITUCIÓN NACIONAL

Estimado Asociado,

La Asociación Argentina de Derecho Constitucional celebra la promulgación de la ley 27.505 de “Promesa de lealtad a la Constitución Nacional”,  en cuyos cimientos ha tenido gran compromiso nuestra Asociación, a través de su Comisión de Educación compuesta, entre otros por las Dras. Susana Cayuso, Cecilia Recalde y el Dr. Eugenio Palazzo.

La iniciativa legislativa tuvo su base  en el  Programa de Juramento de Lealtad a la Constitución en las Escuelas, implementado desde el año 2012 por nuestra Asociación junto con la Fundación para la Educación, la Ciencia y la Cultura (FECIC) y la Fundación Americana para la Educación (FUNDAEDU), y que había repercutido en la adopción de leyes similares por distintas provincias.

En este marco numerosos profesores miembros de la asociación (entre los que pueden mencionarse al Dr. Alfredo Vítolo, las Dras. Martha Althabe de Lertora y Gabriela Ábalos, etc.) han contribuido a acercar a alumnos de diversas escuelas del interior del país su compromiso en los valores y principios constitucionales que nos aúnan.

Conforme la nueva ley, el primero de mayo de cada año, conjuntamente con la celebración del Día de la Constitución Nacional, los alumnos del tercer año de las escuelas secundarias de todo el país efectuarán la promesa de lealtad a la Constitución Nacional, la que deberá ser complementada por una instancia previa de aprendizaje, reflexión y evaluación en materia constitucional.

PROMESA DE LEALTAD A LA CONSTITUCIÓN NACIONAL

Ley 27505

Institúyese ceremonia escolar. 

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°- Institúyese la ceremonia escolar de Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional el primer día hábil siguiente al 1° de mayo de cada año, en ocasión del Día de la Constitución Nacional.

Art. 2°- La Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional la efectuarán los alumnos de tercer año de la escuela secundaria de todos los establecimientos educativos de gestión pública y privada, en un acto académico con la presencia de la Bandera Nacional.

Art. 3°- La máxima autoridad del establecimiento educativo tomará la Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional a los alumnos, quienes responderán afirmativamente a la siguiente fórmula: “¿Prometen respetar y hacer respetar los derechos, deberes y garantías que la Constitución Nacional establece, hacer todo lo que esté a su alcance para cumplir y hacer cumplir sus preceptos y disposiciones, y respetar la autoridad de las Instituciones que de ella emanan?”.

Art. 4°- La Promesa de Lealtad a la Constitución Nacional será complementada por una instancia previa de aprendizaje, reflexión y evaluación en materia constitucional.

Art. 5°- Invítase a las provincias, municipios, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y al Consejo Federal de Educación a incorporar esta ceremonia en el calendario escolar anual.

Art. 6°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIDÓS DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE

REGISTRADA BAJO EL N° 27505

MARTA G. MICHETTI – EMILIO MONZO – Eugenio Inchausti – Juan P. Tunessi

Ciudad de Buenos Aires, 12/06/2019

En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.505 (IF-2019-49000125-APN-DSGA#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN el 22 de mayo de 2019, ha quedado promulgada de hecho el día 10 de junio de 2019.

Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA. Cumplido, archívese. Pablo Clusellas

e. 13/06/2019 N° 42444/19 v. 13/06/2019